• Jueves, Febrero 20th, 2020

Ayer finalizó el juicio a los grafitos de Iruña-Veleia, con la cadena de custodia rota, sin hacer dataciones de contraste y sin la participación de la mayoría de los peritos defensores de los grafitos (Vaya “justicia”). Nosotros nos quedamos con lo dicho por el famoso arqueólogo Harris: Lurmen hizo un magnífico trabajo arqueológico y, si hay dudas, ¿por qué no se han hecho dataciones en los mejores laboratorios?

Juan Martin Elexpuru resumió así la sesión de ayer en su blog (Elexpururen bloga):

a) Razones de la Fiscalía y acusación: Las expondremos juntas, pues apenas han diferido. Se han diferenciado casi exclusivamente en el tono, ya que el del fiscal Alvaro Delgado no ha llamado la atención, mientras que el del abogado de la DFA F.  Javier Villarrubias ha sido a ratos agresivo e irrespetuoso. Introducen, además del “delito de falsedad documental”,  el “delito de omisión” “por gestionar pésimamente” y “causar un daño irreparable” al patrimonio. Villarrubias ha llegado a decir que Eliseo Gil trabajaba en I-V “como si fuera un entretenimiento” en vez de realizar una labor científica. Que se excavaba rematadamente mal, que los tres arqueólogos denunciantes le avisaron. Que las falsificaciones son muy burdas, que el móvil ha sido el ánimo de fama y lucro,  que la autoría está clarísima, que el veredicto de los grafólogos ha sido incuestionable (no han citado a los encargados de Grafística de la Ertzaintza que derribaron el castillo de naipes, y han descalificado a los grafólogos que ayer negaron la autoría). Todo en tono grandilocuente y exaltado por parte del abogado de la DFA. Luego ha mencionado y extraído conclusiones de los informes de Gorrochategui, Lakarra, Santos Yanguas y Velázquez, atreviéndose con euskera, latín, epigrafía, signos de implicación, etc… para reforzar sus tesis. Lee varias citas del informe de Lakarra donde este afirma que el falsificador debió de conocer el libro de Luis Nuñez “El euskera arcaico”, publicado en diciembre de 2003. Todo muy contundente y definitivo, una muestra evidente de que no las tienen todas consigo. Una sobreactuación de libro.

b) Razones dadas por su abogado para pedir la absolución de Eliseo Gil:

  1. Nulidad. Ha expuesto varios motivos para pedir la nulidad del juicio, aparte de la inexistencia de cadena de custodia. 1) La conclusiones que declaraban  la falsedad de los grafitos las redactó el funcionario de la DFA Félix Lopez el 15 de noviembre de 2008, cuatro días antes de que se reuniera la Comisión el 19 de noviembre. Ese día solo estaba entregado uno de los diez informes requeridos, el resto llegaron con posterioridad, algunos casi dos meses después. Madariaga no terminó sus análisis en el laboratorio de Leioa hasta 2011. La orden foral por la que se expulsa a Lurmen también estaba redactada con anterioridad. 2) Se pide la nulidad por la actuación de la policía judicial en la instrucción.  La Ertzaintza parte en su investigación de que los grafitos son falsos y solo busca indicios o pruebas de falsedad (por cierto, no encontró ninguna), nunca de autenticidad. Como detalle,  recomienda no investigar en los archivos unas hipotéticas falsificaciones en I-V en el s. XIX[1] (ver nota). Hace afirmaciones como “la más grave falsificación de la arqueología mundial de los últimos años”. 3) Se pide la nulidad por prescripción. Entre el comienzo de los supuestos hechos delictivos (2005) y la interposición de la querella (marzo de 2009) transcurrieron más de tres años.
  2. Móvil. Lurmen tenía contrato hasta 2012, un superávit  de 400.000 €, no tenía ninguna presión por parte de Euskotren para obtener no se sabe qué resultados (han quedado en evidencia las mentiras de los tres denunciantes en este sentido); Filloy y Gil eran unos de los más reputados arqueólogos alaveses. No se sostiene fama y lucro como móvil, como pretende la acusación.
  3. Delito de estafa. Ha quedado claro que Lurmen no cobró ni un solo un euro por la realización del informe Cerdán.
  4. Autoría. La grafología ha sido la única herramienta que ha dispuesto la acusación para acusar a Gil, y está ha sido desmontada definitivamente, como ya hemos dicho anteriormente, por una sección de la misma Ertzaintza.
  5. Tasación. Antes eran 476 los grafitos excepcionales (Jaurlaritza), ahora por lo visto 291. Considera que no se  sostiene ni de lejos el precio de 600 € por cada una, y que quedó claro en la pericial del tasador presentado por Lurmen un valor de mercado entre 5 y 20 euros.
  6. Falsedad o autenticidad. La acusaciónha usado el informe Navarro( IPCE)para intentar demostrar la falsedad en base a la existencia de numerosas clases de metales tanto en los surcos como en la superficie de las piezas.  Unos estudios hechos, por cierto,  sin piezas de control. Navarro encuentra metales en cantidades ínfimas (entre 5 y 20 micras por zona). El informe de Mikel Albisu ha demostrado en un laboratorio de Barcelona que si se hacen incisiones en una cerámica con un clavo romo la cantidad de metal que queda adherido al surco es de entre 100 y 300 micras, cantidad semejante a la Navarro mide en una de las piezas  dadas por auténticas, y a años luz de lo que presentan los grafitos. Que existen concreciones y costras sobre numerosas incisiones de los grafitos, indicios de autenticidad, autenticidad que también se deja ver  en las pruebas de luminiscencia (método FUV) del señor Antelo, también del IPCE, quien no ha venido a declarar, a pesar de los intentos de la parte querellada. Ha resaltado también que las restauradoras de la diputación no vieron nada raro en las piezas, y que en todo momento las consideraron auténticas, así como la totalidad de los trabajadores que trabajaron para Lurmen.
  7. Absolución. Por todo ello pide la absolución de Eliseo Gil. En el supuesto caso de que la sentencia fuera condenatoria, pide que se aplique rebaja “por dilación indebida”, como establece la jurisprudencia europea, por haber sufrido once años de pena de banquillo, con todo lo que ello supone.
  8. Ahora el caso queda visto para sentencia. La jueza Isabel María Díez-Pardo Hernández tiene la palabra.
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Ultimo día del juicio: razones para pedir la absolución de Eliseo Gil10.0101
Apartado: Juzgado
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